Clasificación de las sociedades mercantiles en Venezuela

 



Sociedades Mercantiles.


    Es un contrato realizado entre dos o más personas para constituir o crear un vínculo jurídico. Dicho contrato de ser bilateral, es decir que genere a sus participantes derechos y obligaciones entre ellos .Las sociedades mercantiles tienen por objeto la ejecución de uno o más actos de comercio. Están reguladas por el Título VII del Código de Comercio y gozan de personalidad jurídica desde el momento de su constitución, antes de cumplir con las formalidades de registro.

Sociedades en Comandita Simple o por Acciones


Tipos de Sociedades Mercantiles.

  • Sociedad en Nombre Colectivo.
  • Sociedad en Comandita Simple o por Acciones.
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • Sociedad Anónima.


    La compañía en nombre colectivo, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad limitada y solidaria de todos los socios

    Una sociedad colectiva está compuesta por las siguientes características:

  • El número mínimo de socios para constituir una sociedad colectiva es de dos y no existe un máximo de socios.
  • No se requiere un capital social mínimo para empezar.
  • La sociedad se basa fundamentalmente en la mutua confianza entre personas. Es por ello por lo que es una forma jurídica muy común para formar pequeños negocios familiares.
  • La condición de socio es intransferible sin el consentimiento de los demás socios.
  • Los socios responden de forma solidaria e ilimitadamente de las deudas sociales de la empresa, incluso con su propio patrimonio personal.
  • Los socios participan en el beneficio en función de su trabajo y del capital aportado.
  • La gestión de la empresa corresponde a todos los socios, salvo que lo deleguen en alguno de ellos.
  • Estas sociedades tributan por el impuesto de sociedades y se rigen por el Código de Comercio.



Ventajas e inconvenientes de una Sociedad Colectiva

Entre las ventajas que podemos encontrar, destacan las siguientes:

  • Los socios participan directamente de los beneficios, por lo que aumenta su motivación en el trabajo.
  • Los socios pueden combinar su experiencia y bienes para aumentar la productividad de la empresa.
  • Permite la posibilidad de reunir un mayor capital en la empresa.
  • Cada socio tiene derecho a voto, excepto si se pacta lo contrario como vimos en la figura del gestor de la sociedad.

Entre las desventajas, destacamos:

  • Los socios poseen responsabilidad ilimitada, salvo que seas un socio industrial.
  • La admisión de nuevos socios requiere de la aceptación de todos los demás participantes, sino no podrán entrar nuevos socios.
  • La Sociedad Colectiva se disuelve en caso de fallecimiento de uno de los socios.
  • Existen demasiadas trabas para incrementar el capital social de la empresa.
  • Cada uno de los socios depende de los actos de los demás.
  • Es difícil deshacerse de un socio que no es deseado en la empresa.



    La compañía en comandita, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad limitada y solidaria de uno o más socios, llamados socios solidarios o comanditantes y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o más socios, llamados comanditarios. El capital de los comanditarios puede estar dividido en acciones.

Las sociedades comanditarias pueden ser:

  • Sociedades comanditarias simples: no están obligadas a auditar sus cuentas anuales ni a depositarlas en el Registro Comercial, salvo en el caso de que, en la fecha de cierre del ejercicio, todos sus socios colectivos sean sociedades nacionales/extranjeras.
  • Sociedades comanditarias por acciones: están obligadas a auditar sus cuentas y depositarlas en el Registro Mercantil, cuando superen los límites fijados en el artículo 257 de la Ley de Sociedades de Capital, aplicándose las mismas normas que a las sociedades anónimas, con especialidades. Las sociedades comanditarias por acciones están consideradas sociedades de capital.


La constitución de las sociedades comanditarias se formaliza en escritura pública que debe ser inscrita en el Registro Mercantil. En la escritura deben expresarse los mismos datos que los requeridos para las sociedades colectivas.







    La compañía anónima, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados sino por el monto de su acción

¿Cuál es el objetivo de una Sociedad Anónima?

El objetivo principal de dicha sociedad será, generalmente, reunir dinero procedente de numerosos inversores para acometer grandes proyectos, que de otra manera no se podrían realizar.

Para cumplimentar esta misión, se divide el capital en acciones, que se reparten entre los socios inversores a raíz de la cantidad de dinero aportada por cada uno. De esta manera, cuantas más acciones tenga un socio, mayor será su peso en la compañía.

¿Cuál es el capital social de una Sociedad Anónima?

El capital social de una compañía anónima se encuentra conformado por la suma del total de las aportaciones realizadas a la sociedad.

Explicado de una manera más sencilla, el capital social se encuentra compuesto por las cantidades aportadas por todos los socios.

¿Cuál es la denominación social?

Haciendo referencia al nombre o razón social con la que se encuentra inscrita la sociedad, esta debe constar de un término que no estuviera registrado con anterioridad. Asimismo, debe ir acompañado de las siglas S.A.

¿Cuál es la responsabilidad de los socios?

La responsabilidad asumida por cada uno de los socios será proporcional al capital aportado por éstos.



    La compañía de responsabilidad limitada, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participación, las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o títulos negociables.

    Las compañías constituyen personas jurídicas distintas de las de los socios.  Hay además la sociedad accidental o de cuentas en participación, que no tiene personalidad jurídica. La compañía en nombre colectivo y la compañía en comandita simple o por acciones existen bajo una razón social.

Características de la Sociedad Limitada

La normativa reguladora de las sociedades limitadas define sus características, siendo las más relevantes:

  • Número de socios: mínimo de uno, sin existir límite máximo. En el caso de un único socio se crea una sociedad limitada unipersonal. Pueden ser personas físicas o jurídicas.
  • Responsabilidad de los socios: solidaria entre ellos y limitada al capital aportado, de manera que los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal.
  • Clase de socios: pueden ser socios trabajadores y/o socios capitalistas.
  • Nombre o Denominación Social: deberá ser un nombre que nadie haya registrado antes (para lo que habrá que efectuar la pertinente consulta en el   Registro Mercantil Central) seguido de la expresión Sociedad de Responsabilidad Limitada o de la abreviatura S.R.L. o de Sociedad Limitada o su respectiva abreviatura S.L.
  • Capital social: el mínimo legal es de 1 euro, sin existir límite máximo. Puede estar formado por aportaciones monetarias (dinero) o en especie, como por ejemplo un ordenador, una furgoneta o cualquier otro bien, siendo necesario disponer de una valoración de ese bien aceptada por todos los socios fundadores.
  • División del capital social: en participaciones sociales, cuya transmisión tiene ciertas limitaciones legales, contando siempre los demás socios con derecho de preferencia frente a terceros.


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